Cartera EUDI (actos de ejecución)
- Título oficial
- Commission Implementing Regulations (EU) 2024/2977, 2024/2979, 2024/2980, 2024/2981 and 2024/2982; Commission Implementing Regulation (EU) 2025/848 on the registration of wallet-relying parties, as amended by Commission Implementing Regulation (EU) 2026/1730; and Commission Implementing Regulation (EU) 2026/1731
- Referencia
- (EU) 2024/2977–2024/2982, (EU) 2025/848, (EU) 2026/1730, (EU) 2026/1731
- Situación
- Los cinco primeros actos de ejecución están en vigor desde el 24 de diciembre de 2024. El de registro de partes usuarias (2025/848, modificado por el 2026/1730, DOUE 22-7-2026) se aplica desde el 24 de diciembre de 2026. El 2026/1731 (DOUE 22-7-2026) modifica cuatro de los primeros y fija el 11 de agosto de 2028 como fecha de aplicación de algunos requisitos.
- A quién alcanza
- Solo al comerciante que decide apoyarse en la cartera (parte usuaria). Quien no la usa no tiene obligaciones derivadas de estos actos. Los plazos de los Estados miembros (ofrecer la cartera) no obligan al comerciante.
Fechas
- : Entran en vigor los actos de ejecución 2024/2977 a 2024/2982 (DOUE 4-12-2024) Fuente oficial
- : Empieza a aplicarse el registro de partes usuarias (art. 11 del 2025/848). Fecha calculada para el art. 5 bis(1) eIDAS: cada Estado miembro debe ofrecer al menos una cartera (24 meses desde el 24-12-2024) Fuente oficial
- : Fecha calculada de aceptación obligatoria por las partes usuarias privadas del art. 5 septies(2) eIDAS Fuente oficial
- : Fecha de aplicación fijada por el 2026/1731 para que las carteras validen los certificados de registro de las partes usuarias Fuente oficial
Qué implica para tu tienda
- Obligación
Al registrarte como parte usuaria debes aportar al registro nacional, como mínimo, la información del anexo I (identificación, contacto, servicios y los datos que pide cada uso previsto) y garantizar que es exacta.
Art. 5(1)-(2) del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 · Fuente oficial
- Obligación
Si te apoyas en un intermediario que actúa por tu cuenta ante la cartera (por ejemplo, una plataforma o un proveedor de identidad), tu registro debe indicarlo y asociarte a ese intermediario.
Art. 5(1) y anexo I, puntos 14 a 16, del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 (punto 16 introducido por el 2026/1730) · Fuente oficial
- Obligación
Tu Estado miembro debe asegurarse de que facilites, para cada uso previsto, la URL de tu política de privacidad.
Art. 8(1) y 8(2)(g) del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 (versión consolidada a 11-8-2026) · Fuente oficial
- Obligación
Debes actualizar la información registrada cuando cambie y, si dejas de usar la cartera para un registro, comunicarlo sin demora al registrador y pedir su cancelación.
Arts. 5(3) y 6(7) del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 · Fuente oficial
- Contexto: obliga a otros, no a ti
Pedir más atributos de los registrados puede llevar al registrador a suspender o cancelar tu registro.
Art. 9(2)(c) del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/848 · Fuente oficial
- Obligación
No puedes conservar la fotografía del titular salvo que su tratamiento sea necesario para identificarle y autenticarle conforme al Derecho de protección de datos de la Unión, o lo prevea la ley.
Art. 3 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2977, introducido por el 2026/1731 · Fuente oficial
Por dónde empezar
- Antes de invertir, comprueba si tu Estado miembro ya ofrece la cartera: el plazo legal para ofrecerla vence el 24-12-2026 (fecha calculada), y hasta entonces tus compradores pueden no tenerla.
- Nivel 6: diseña el flujo de autorización humana para pedir solo los atributos imprescindibles (por ejemplo, mayoría de edad en lugar de fecha de nacimiento) y deja documentado cada uso previsto, porque es lo que tendrás que registrar.
- Nivel 5: si la verificación con la cartera la hace por ti tu plataforma o un proveedor, decláralo como intermediario en el registro.
- Nivel 5: no guardes la fotografía que devuelva la cartera salvo base legal clara.
Niveles relacionados
Nivel 5: Confiable; Nivel 6: Verificable
Verificado el
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